Qué se entiende por rehabilitación:
- Conseguir condiciones mínimas de superficie útil, distribución interior, instalaciones de agua, electricidad, gas, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico y acústico.
- Obras para ahorrar consumo energético o adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio, saneamiento o supresión de barreras arquitectónicas.
- Ampliación del espacio habitable, según planteamiento urbanístico, hasta 120 m2 útiles.
Obras que se realizan para la mejora de viviendas y edificios.
Rehabilitación de edificios: adecuación estructural y funcional de los edificios dedicados a viviendas
Rehabilitación de viviendas: adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda
Requisitos que deben cumplirse para la percepción de las ayudas a la rehabilitación
- Antigüedad mínima de 15 años (excepto supresión de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad o para adaptación de instalaciones a la normativa técnica, si esta es posterior a la fecha de terminación del edificio)
- Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.
- Que la superficie útil destinada a vivienda, sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio (excluida la planta baja cuando no se destine a vivienda)
- Si se modifica la superficie útil destinada a viviendas, que esta no supere nunca 120 m2
- Quién puede recibir una ayuda a la rehabilitación
- Los usuarios de las viviendas, sean propietarios o arrendatarios y las comunidades de propietarios.
- Qué condiciones deben cumplir los destinatarios de las ayudas a la rehabilitación
- Las condiciones generales para acceder a la financiación cualificada
- Rehabilitación de edificios
Que al menos el 60% de los usuarios de las viviendas tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el SMI - Rehabilitación de viviendas
Que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI
Requisitos de los inmuebles
Requisitos de los destinatarios de las ayudas
Tipo de ayudas
- Podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegido
- Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de edificios: 20 años, con un periodo de carencia de 3 años
- Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de viviendas: 10 años, con un periodo de carencia de 1 año
- En el caso de rehabilitación de edificios, todos los usuarios de las viviendas podrán tener acceso a préstamos cualificados, aunque no cumplan los requisitos de ingresos familiares.
- 20% de la cuota del préstamo , cuando el titular del préstamo sea el arrendatario o el propietario de una o varias viviendas en el edificio rehabilitado y sus ingresos familiares no superen 5,5 veces el SMI
- Este límite de ingresos no se exigirá cuando el titulara del préstamo sea el propietario de una o más viviendas arrendadas, con un contrato sujeto a prórroga forzosa y celebrado antes de la entrada en vigor de la LAU
- Rehabilitación de edificios: se podrá optar alternativamente por,El subsidio de préstamo del párrafo anteriorUna subvención máxima por vivienda de:
- 1.240 €: General
- 3.100 €: Ingresos inferiores a 3,5 SMI
- 3.410 €: Si además tienen mas de 65 años
- 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa
- Rehabilitación de viviendas
- Subvención del 25% del presupuesto protegido, con un máximo de 2.480 €
- Si tiene más de 65 años, la subvención será del 35%, con un máximo de 3.100 €
- Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: subvención del 35% , con un máximo de 3.410 €
- 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa
Préstamos cualificados
Subsidiación de préstamos: el Ministerio de Vivienda podrá subsidiar los prestamos cualificados para la rehabilitación de edificios que figuran en el apartado anterior:
Subvenciones: el Ministerio de Vivienda subvencionará:
Reconocimiento del derecho y tramitación
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Islas Baleares
- Islas Canarias
- Cantabria
- Castilla y León
- Castilla-La Mancha
- Cataluña
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Madrid
- Murcia
- Navarra
- País Vasco
- Comunidad Valenciana
- Ceuta
- Melilla
Fuente: Ministerio de Vivienda
- Nos vemos en Veteco
- Visita de una delegación de arquitectos dominicanos
- Benito SDC y la Escuela de Cerámica de Avilés
- Benito SDC y el Centro Cultural Internacional Oscar Niemeyer
- El Gobierno de Navarra subvencionará el cambio de ventanas de las viviendas para “mejorar el aislamiento térmico”
- Comunidad Autonómica Vasca
- El Gobierno regional destina 7,3 millones de euros para eficiencia y ahorro energético en la provincia de Cuenca
- Recove Calle Asturias
- Cerrando el círculo
- Acuerdo Insago









